Información precontractual al potencial franquiciado

Información precontractual al potencial franquiciado
  • Publicado el 19/04/2017 07:15:12

Información precontractual al potencial franquiciado

Cuando un emprendedor está a punto de firmar con una franquicia, esta debe facilitarle una documentación mínima que está determinada por el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, el cual regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.

¿Qué información debe facilitar la franquicia al emprendedor o futuro franquiciado?

Con una antelación mínima de veinte días hábiles a cualquier pago o a la firma del contrato o precontrato de franquicia, el franquiciador, franquiciado principal o master franquicia, deberá dar por escrito al potencial franquiciado la siguiente información veraz y no engañosa enmarcada en el Documento de Información Precontractual (DIP):

a) Datos de identificación del franquiciador:

  • Nombre o razón social, domicilio y datos de inscripción en el registro de franquiciadores.
  • Cuando se trate de una compañía mercantil, capital social recogido en el último balance, con expresión de si se halla totalmente desembolsado o en qué proporción y datos de inscripción en el Registro Mercantil, cuando proceda.
  • Cuando se trate de franquiciadores extranjeros, además, los datos de inscripción en los registros de franquiciadores a que vengan obligados, de acuerdo con las leyes de su país o Estado de origen. De tratarse de franquiciado principal o master franquicia, se incluirá además la documentación anterior respecto de su propio franquiciador.

b) Acreditación de tener concedido para España, y en vigor, el título de propiedad o licencia de uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora, y de los eventuales recursos judiciales interpuestos que puedan afectar a la titularidad o al uso de la marca, si los hubiere, con expresión, en todo caso, de la duración de la licencia.

c) Descripción general del sector de actividad objeto del negocio de franquicia, que abarcará los datos más importantes de aquél.

d) Experiencia de la empresa franquiciadora, que incluirá, entre otros datos, la fecha de creación de la empresa, las principales etapas de su evolución y el desarrollo de la red franquiciada.

e) Contenido y características de la franquicia y de su explotación, que comprenderá:

  • Una explicación general del sistema del negocio objeto de la franquicia
  • Características del saber hacer
  • Características de la asistencia comercial o técnica permanente que el franquiciador suministrará a sus franquiciados
  • Estimación de las inversiones y gastos necesarios para la puesta en marcha de un negocio tipo.
  • En el caso de que el franquiciador haga entrega al potencial franquiciado individual de previsiones de cifras de ventas o resultados de explotación del negocio, éstas deberán estar basadas en experiencias o estudios, que estén suficientemente fundamentados.

f ) Estructura y extensión de la red en España, que incluirá:

  • Forma de organización de la red de franquicia
  • Número de establecimientos implantados en España  indicando de la población en que se encuentren ubicados , distinguiendo
    • Propios: explotados directamente por el franquiciador
    • Franquiciados: Operan bajo el régimen de cesión de franquicia
  • Número de franquiciados que hayan dejado de pertenecer a la red en España en los dos últimos años, expresando:
    • Si el cese se produjo por expiración del término contractual
    • O por otras causas de extinción.

g) Elementos esenciales del acuerdo de franquicia, que recogerá los derechos y obligaciones de las respectivas partes, duración del contrato, condiciones de resolución y, en su caso, de renovación del mismo, contraprestaciones económicas, pactos de exclusivas, y limitaciones a la libre disponibilidad del franquiciado del negocio objeto de franquicia.


Puede consultar en la Guía del Registro de Franquiciadores pinchando en este enlace toda la la información relacionada. Pertenece al Ministerio de Economía, Industria y Competividad.


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